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Cultura De La Humanidad
La cultura Americana se caracteriza por su humanismo y éste se encuentra impregnado en la historia de Estados Unidos. El deseo de los Americanos de ayudar a otros esta entretejido en las leyes de inmigración. Por esta razón, existen una variedad de métodos de protección para niños, personas que han sido victimas de crímenes, abusados, perseguidos, desplazados, entre otros. Muchos de estos beneficios humanitarios proporcionan un permiso de trabajo en principio. Sin embargo, luego de cierto periodo de tiempo y requisitos las victimas pueden ajustar su estatus y convertirse en Residentes Permanentes.
Para incentivar la cooperación con la policía y ayudar a juzgar a los criminales, las victimas de ciertos crimines y las victimas de Tráfico Humano pueden vivir legalmente en Estados Unidos mediante la obtención de la Visa U (victimas de crimen) o la Visa T (victimas del tráfico humano). Para obtener este tipo de visa, se requiere que el crimen se haya cometido dentro de Estados Unidos, que la victima haya o se encuentre cooperando con la justicia y que la victima haya sufrido un daño físico o emocional.
Algunos de los crimines elegibles para aplicar a la visa U son:
Qualifying Crimes | ||
---|---|---|
Abduction | Incest | Sexual Assault |
Abusive Sexual Contact | Involuntary Servitude | Sexual Exploitation |
Blackmail | Kidnapping | Slave Trade |
Domestic Violence | Manslaughter | Stalking |
Extortion | Murder | Torture |
False Imprisonment | Obstruction of Justice | Trafficking |
Female Genital Mutilation | Peonage | Witness Tampering |
Felonious Assault | Perjury | Unlawful Criminal Restraint |
Fraud in Foreign Labor Contracting | Prostitution | Other Related Crimes*† |
Hostage | Rape |
Los menores de edad que llegan a Estados Unidos sin solos, que no pueden regresar a vivir con ellos debido a la negligencia, abuso o abandono al que han sido expuestos por parte de sus padres y que son declarados dependientes por un tribunal Americano de menores, podrán solicitar el estatus de Inmigrante Especial Juvenil (SIJ). Si se concede la solicitud, el menor se convertirá en Residente Permanente (LPR) y recibirá una Green Card. Sin embargo, el menor no podrá hacer una petición a favor de sus padres para que estos a través de el obtenga algún tipo de estatus legal Americano. Una vez el menor se declara dependiente por parte de la Corte, este se considera emancipado de sus padres.
El Acta de Violencia contra las Mujeres de 1994 establece un proceso para padres, cónyuges y niños que son objeto de maltrato por parte de Ciudadanos Americanos (USC) ó Residentes Permanentes (LPR). Estas victimas pueden ser elegibles para solicitar estatus de Residentes Permanente por si mismos, sin necesitar del apoyo legal de sus victimarios. La victima debe demostrar que tiene buen carácter moral, que el matrimonio era de buena fe, que ha sido victimas de agresiones o violencia extrema, etc.
Si usted está en una relación abusiva, se ha separado ó divorciado del abusador, posiblemente podrá hacer uso de este beneficio. Establezca contacto con un abogado de inmigración lo antes posible para así determinar sus opciones y derechos.
Las personas que tienen “miedo a ser perseguidos a causa de su raza, religión, nacionalidad, membrecía a un grupo social particular u opinión política”, que no tienen la capacidad o disponibilidad para regresar a sus países de origen, entre otros, pueden ser elegible para aplicar para asilo o refugio. Para obtener el beneficio, el refugiado debe estar fuera de Estados Unidos y el asilado debe estar dentro de Estados Unidos ó en un puerto de entrada del país.
Ciertas acciones generan que la petición de Asilo sea rechazada:
Si el limite de un año pasa y existen circunstancias extraordinarias que causaron la tardanza en el proceso o si hay un cambio en las circunstancias que afectan la elegibilidad para asilo, una segunda petición puede ser procesada.
Si luego del rechazo de una primera petición de asilo, las circunstancias materiales de elegibilidad cambian, una nueva puede ser procesada.
Aun si son elegibles por ley, un juez de inmigración tiene la autoridad para negar una petición de asilo.
Si tiene temor de persecución en su país, necesita la asesoría de un abogado de inmigración. Contacte nuestra oficina para programar una cita con uno de nuestros abogados.
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