Please take a moment to review your experience with us. Your feedback not only helps us, it helps other potential clients.
Un principio central en la cultura americana es la familia y su valor como tal se entrelaza con el sistema de inmigración Americano. Una de las formas más eficientes para estar cerca de sus seres queridos es a través de la inmigración de familiar. Ciudadanos Americanos (USC) y Residentes Permanentes (LPR) pueden solicitar a sus familiares inmediatos. Para ciertos miembros de familia, que no son familiares inmediatos, el sistema de preferencia de visas establece el tiempo que tomará para que éste pueda inmigrar a Estados Unidos.
Ciudadanos Americanos pueden solicitar a:
LPR (Residentes Permanentes) pueden solicitar a:
Familiares Inmediatos de ciudadanos americanos tienen prioridad y la generación de visas se encuentra disponibles de inmediato para ellos. Familiares Inmediatos incluyen:
El sistema de inmigración de Estados Unidos tiene un limite anual del numero de visas emitidas por año. Para inmigrantes que están siendo patrocinados por un familiar, el limite de visas anual es de 480,000. Sin embargo, los Familiares Inmediatos no son sujetos a este limite anual.
Los familiares que no son familiares inmediatos, están cubiertos por el sistema de preferencia familiar como lo refleja la tabla a continuación. Familiares en las categorías de preferencia deben esperar hasta que un número de visa este disponible para ellos.
La disponibilidad de una visa varía en función de la preferencia, país y fecha de prioridad. Ningún país tiene preferencia sobre otro. Los países independientes tienen un limite de visas anuales del 7%, las colonias y zonas dependientes tienen un limite de visas anuales del 2%. La asignación de visas generalmente depende del país de nacimiento.
Preferencia | Beneficiario | Visas Annuales |
---|---|---|
Primera | Hijos e hijas solteros de Ciudadanos Americanos | 23,400 + unused 4a preferencia |
Segunda | Cónyuges de Residentes Permanentes (LPR) | 114,200 + exceso más de 226,000 + 1ª preferencia no usada |
Tercera | Hijos(a) de Ciudadanos Americanos casados | 23,400 + 1ª y 2ª preferencia no usada |
Cuarta | Hermanos y hermanas de Ciudadanos Americanos | 65,000 + preferencias 1-3 no usadas |
El Departamento de Estado publica mensualmente el Boletín de Visas que proporciona las fechas límite actuales para cada preferencia y categoría. Peticiones familiares con fechas de prioridad actual tienen derecho a un número de visa. La fecha de prioridad es generalmente la fecha en la que la Petición para Familiar Extranjero se radica ante USCIS.
The Visa Bulletin provides the current processing times. To read the Visa Bulletin, find the cell where the country of birth—or country of chargeability—of the beneficiary coincides with the preference. If the country of chargeability is not listed, then it falls under the «All…Except Those Listed» column. The date in the cell is the current cut-off date, i.e. petitions with priority dates before this date are entitled to a visa number. The cut-off date is also an indicator of the wait time for the country and preference category, e.g. if it’s currently April 2015 and the cut-off date is April 2013, then there is approximately a two year wait time for a visa number to be allocated. Remember, this does not apply to immediate relatives (IRs) who receive a visa number immediately.
El proceso para hacer una petición a favor de un ser querido inicia con la Petición de Familiar Extranjero. El día en que la solicitud se radica ante USCIS, se convierte en la fecha de prioridad. Si su familiar está en el extranjero ó no es elegible para Ajuste de Estatus (AOS), una vez USCIS aprueba la Petición de Familiar Extranjero, este la envía al Centro de Visas Nacionales (NVC). El NVC maneja los procesos antes de la entrevista consular y se comunica con el abogado a cargo del caso para finiquitar los detalles de la entrevista. Una vez se han pagado todos los gastos de gobierno, los documentos civiles se han presentado y el número de visa se encuentra disponible, el NVC enviará el caso al consulado adecuado y la entrevista consular será programada para el Beneficiario. Una vez que la entrevista se lleva a cabo, y las evidencias han sido consideradas, el Oficial Consular determinará si la visa de inmigrante (IV) será aprobada o rechazada. Cuando la visa de inmigrante es aprobada, el beneficiario debe ingresar a Estados Unidos dentro de un tiempo mínimo de 6 meses.
Por otro lado, si usted es Ciudadano Americano y su familiar inmediato (Cónyuge, Padres, Hijos menores de 21 años) ingresó legalmente a Estados Unidos, la Petición de Familiar Extranjero puede hacerse en conjunto con la petición de Residencia Permanente ó Ajuste de Estatus. Si el número de visa no está inmediatamente disponible, la aplicación para ajustar el estatus se puede radicar una vez la fecha de prioridad es alcanzada. En algunos casos las circunstancias van a cambiar, por ejemplo, un LPR podría convertirse en Ciudadano Americano, en cuyo caso el cónyuge pasaría de segunda preferencia a primera preferencia, con el resultado que un número de visa estaría disponible inmediatamente.
Personas que entraron al país sin inspección (EWI), como polizones, ó sin visa no son elegibles para Ajustar el Estatus dentro de Estados Unidos.
Si su familiar es el Beneficiario de una Petición de Familiar Extranjero aprobada, pero éste ingreso sin inspección al país, debe iniciar un Proceso Consular descrito para familiares en el extranjero. En estos casos, existirán obstáculos que superar, como penalidades por presencia ilegal. Sin embargo, en algunos casos penalidades por presencia ilegal pueden ser atendidas y superadas dentro de Estados Unidos. Luego de esto, el beneficiario irá a la entrevista consular cuando sea programada.
Si tiene preguntas, no dude en llamar a los abogados de Quijano & Asociados para programar su cita.
Please take a moment to review your experience with us. Your feedback not only helps us, it helps other potential clients.